Artículo 4:
De la inamovilidad
Las juezas y jueces son inamovibles. No pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes.
Las juezas y jueces son inamovibles. No pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes.
Coordinación y Edición:
Sebastián RivasTania Opazo
Periodistas:
Valentina DankerSofía Gómez
Diseño:
Alfredo DuarteÁlex Acuña Viera
Desarrollo:
Álex Acuña Viera