Artículo 23:
Los animales son sujetos de especial protección
El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho de vivir una vida libre de maltrato.
El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales.
23b.
El Estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sostenga adecuádamente la viabilidad de sus poblaciones y asegure las condiciones para su supervivencia y no extinción.