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Comisión 05Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico

05

Artículo 23:
Los animales son sujetos de especial protección

El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho de vivir una vida libre de maltrato.

El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales.

23b.

El Estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres, en tal cantidad y distribución que sostenga adecuádamente la viabilidad de sus poblaciones y asegure las condiciones para su supervivencia y no extinción.


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Créditos

Coordinación y Edición:

Sebastián RivasTania Opazo

Periodistas:

Valentina DankerSofía Gómez

Diseño:

Alfredo DuarteÁlex Acuña Viera

Desarrollo:

Álex Acuña Viera