Artículo 39
El gobierno y la administración del Estado corresponden a la Presidenta o Presidente de la República, quien ejerce la jefatura de Estado y la jefatura de Gobierno.
El 5 de julio de cada año, la Presidenta o el Presidente dará cuenta al país del estado administrativo y político de la República ante el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones, en sesión conjunta.