Artículo 23:
Derecho a la vida
Toda persona tiene derecho a la vida. Ninguna persona podrá ser condenada a muerte ni ejecutada.
Toda persona tiene derecho a la vida. Ninguna persona podrá ser condenada a muerte ni ejecutada.
Coordinación y Edición:
Sebastián RivasTania Opazo
Periodistas:
Valentina DankerSofía Gómez
Diseño:
Alfredo DuarteÁlex Acuña Viera
Desarrollo:
Álex Acuña Viera