Artículo 36
El Estado y las entidades territoriales facilitarán la participación de las comunidades rurales a nivel local y regional en el diseño e implementación de programas y políticas públicas que les afectan o conciernen.
El Estado y las entidades territoriales facilitarán la participación de las comunidades rurales a nivel local y regional en el diseño e implementación de programas y políticas públicas que les afectan o conciernen.
Coordinación y Edición:
Sebastián RivasTania Opazo
Periodistas:
Valentina DankerSofía Gómez
Diseño:
Alfredo DuarteÁlex Acuña Viera
Desarrollo:
Álex Acuña Viera