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Comisión 07Sistemas de Conocimientos, Culturas, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonios

07

Artículo 9:
Rol del Estado en el desarrollo de la Investigación

Es deber del Estado estimular, promover y fortalecer el desarrollo de la investigación científica y tecnológica en todas las áreas del conocimiento, contribuyendo así al enriquecimiento sociocultural del país y al mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes.

El Estado generará las condiciones necesarias para el desarrollo de la investigación científica transdisciplinaria en materias relevantes para el resguardo de la calidad de vida de la población y el equilibrio ecosistémico, además del monitoreo permanente de los riesgos medioambientales y sanitarios que afecten la salud de las comunidades y ecosistemas del país, realizándose, en ambos casos, de forma independiente y descentralizada.

La creación y coordinación de entidades que cumplan los objetivos establecidos en el inciso anterior, su colaboración con centros de investigación públicos y privados con pertinencia territorial, además de sus características, funcionamiento y otros aspectos serán determinados por ley.


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Créditos

Coordinación y Edición:

Sebastián RivasTania Opazo

Periodistas:

Valentina DankerSofía Gómez

Diseño:

Alfredo DuarteÁlex Acuña Viera

Desarrollo:

Álex Acuña Viera